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La votación en particular de la comisión de Formas de Estado de este lunes puso las primeras bases para la creación de autonomías locales. Estás serán implementadas en 3 niveles —regional, comunal y territorios indígenas—, los que podrán generar normas internas, pero subordinadas a las leyes nacionales. Estas unidades no podrán disponer del uso de recursos estratégicos como el cobre y el litio.
Qué pasó. Este lunes la comisión de Formas del Estado aprobó 20 artículos, resultado de la votación de 141 indicaciones a las normas ya aprobadas en general. Éstas establecieron la creación de regiones autónomas, comunas autónomas y autonomías territoriales indígenas.
- Se trata del establecimiento de diversos grados de autonomía, los que tendrán un techo: la integridad territorial. El artículo 3 fija que “Chile, en su diversidad geográfica, histórica y cultural, forma un territorio único e indivisible”.
- Pese a la mantención de la integridad territorial, la fórmula es vista con reparos desde Chile Vamos. Harry Jürgensen, miembro de la comisión, afirmó que los grados de autonomía fijados apuntan a avanzar “hacia establecer un estado federado, aunque pongan otro nombre”.
- El artículo 18 postula que “las funciones públicas deberán radicarse priorizando la entidad local sobre la regional y esta última sobre el Estado”.
- Las normas aprobadas por la comisión deberán ser vistas por el pleno de la Convención, el que deberá aprobarlo por dos tercios para que pase a la propuesta de Constitución que la ciudadanía deberá aprobar o rechazar en un plebiscito de salida.
Qué establecen estas nuevas autonomías:
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