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Por amplia mayoría, la izquierda aprobó en la comisión de Medio Ambiente un artículo que especifica que no habrá propiedad privada sobre las autorizaciones sobre bienes comunes naturales. El investigador del CEP, Pablo Fuenzalida, dice que la norma puede derivar en demandas ante el CIADI, y que se desconozca “el efecto de cosa juzgada respecto de sentencias que adjudicaron concesiones”. El abogado Ezio Costa, una de los referentes de los eco constituyentes, piensa que el Estado puede colocar nuevas limitaciones para preservar la naturaleza.
Qué observar: El miércoles y jueves de esta semana, la comisión de Medio Ambiente aprobó en particular una norma referida a los derechos de la Naturaleza. Se trata del artículo 12, que trata de los “bienes comunes naturales” y que fue apoyado por todos los representantes de la izquierda y la centroizquierda, lo que, proyectado a las fuerzas política del pleno, sobrepasa con holgura los 2/3 para ser aprobado.
- “Los bienes comunes naturales son elementos o componentes de la Naturaleza no susceptibles de apropiación. El Estado es custodio de estos bienes, debiendo conservarlos, resguardarlos y administrarlos, asegurando una gestión participativa y democrática”, parte señalando.
- Y continúa: “El Estado podrá otorgar autorizaciones administrativas respecto de los bienes comunes naturales que la Constitución determine. Estas autorizaciones estarán sujetas a causales de caducidad, revocación y a obligaciones específicas de conservación. No habrá derechos de propiedad sobre dichas autorizaciones. Los pueblos indígenas tienen derechos colectivos a los bienes naturales situados en sus territorios, en conformidad con los tratados e instrumentos internacionales de derechos humanos de los que Chile es parte”.
Panorama general. Que el artículo determine que “no habrá derechos de propiedad sobre autorizaciones” de bienes comunes naturales generó de inmediato un debate jurídico.
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