Convención: Las dudas y problemas que genera el Consejo Nacional de Justicia


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Este lunes se aprobó en particular en la comisión de Sistemas de Justicia de la Convención la integración del Consejo Nacional de la Justicia, un organismo que termina con la actual designación de jueces y rediseña el sistema en Chile. Los constitucionalistas Jorge Correa Sutil, Raúl Bertelsen y Tomás Jordán abordan sus implicaciones. Algunos creen que la reforma pondrá fin de la independencia del sistema. A continuación sus razones.


Qué observar. A fines de enero, la comisión de Justicia de la Convención aprobó en general terminar con el actual sistema de designación de los jueces y supremos y rediseñar el sistema judicial en Chile, generando por primera vez un mecanismo que recorta en forma sustantiva el poder a los magistrados.

  • Se trata de la creación de un Consejo Nacional de Justicia, que, de acuerdo a las atribuciones que se le otorgó este jueves, podrá: nombrar, previo concurso público y por resolución motivada, a todas los jueces y funcionarios del Sistema Nacional de Justicia; decidir sobre promociones, traslados, permutas y cese de funciones de sus integrantes; adoptar medidas disciplinarias de jueces, funcionarios del sistema, incluida su remoción, conforme a lo dispuesta en esta Constitución; evaluar y calificar, periódicamente, el desempeño de jueces y funcionarios del sistema.
  • También es facultad del organismo el que todos los tribunales estén sometidos, a lo menos cada cinco años, a una revisión integral, que incluirá audiencias públicas, para determinar el correcto ejercicio de sus funciones en conformidad a lo señalado en la Constitución.

Conformación. Inicialmente, el Consejo estaría integrado por 15 miembros. Este lunes, la comisión aprobó en particular su composición. Y hubo cambios. El Consejo ahora tendrá 17 integrantes, añadiendo cupos para los pueblos originarios.

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